Por Martin Alesi (Juez de Familia en la Provincia de Chubut)
A veces, la cronificación del conflicto familiar juega una mala pasada a los abogados (obvio que a las partes y al niño también). Un expediente puede tener un cierre formal, con una sentencia que modifique el tiempo de convivencia del niño con sus progenitores, pero el conflicto encuentra nuevas de formas de volcarse en un expediente. Es la teoría del caos, en su apogeo.
Así tenemos el expediente de homologación, el de la modificación de cuidado personal (custodia) promovida por la madre, uno con el mismo objeto iniciado por el padre, el aumento de la cuota, la ejecución por los incumplimientos, algún expediente por violencia familiar, y sigue… 5 o 7 cuerpos de expedientes, y una crisis que terminará sólo cuando un meteorito se estrelle contra nuestro planeta.
En ese escenario, es frecuente que los escritos de las partes sean la milésima reiteración de planteos ya resueltos (o no, una característica de ciertos jueces de familia es … no resolver). Por más lectura detenida del juez (o no, hay jueces que no leen los escritos…), la atención puede no ser la misma cuando siente que ya no puede gestionar el conflicto (no se siente útil).
¿Cómo lograr la atención? Veamos unos tips sueltos, y si interesa, ampliaremos.
El título del escrito es lo primero que se lee. Captemos la atención del juez con uno corto, sin adjetivo.
El objeto es el primer punto del escrito. La vista del juez se va derecho a este capítulo. Es un error enorme no redactarlo, para ir directo a la narración de los hechos. Consiste en lo que pedimos concretamente al juez. Debe sintetizarse con un brevísimo anticipo de los hechos. No más de cuatro renglones en total, y jamás un cita doctrinaria o jurisprudencial.
El relato de los hechos es esencial. Vamos a describir el supuesto fáctico contenido en la norma que queremos sea aplicada. El primer párrafo debería responder a las 6 W: qué (WHAT), por qué (WHY), cuándo (WHEN), dónde (WHERE), quién (WHO) y cómo (HOW). Cualquier crónica periodística lo contiene en el primer párrafo, para que el lector tenga lo más importante de la noticia en caso de que no siga leyendo el resto de los párrafos.
Cuando vamos a narrar “más de lo mismo”, planteos que el juez ya resolvió, nos enfrentamos al rechazo, porque la cuestión fue propuesta y rechazada para nuestro cliente. El esfuerzo argumental, entonces, pasa por demostrar con palabras que la situación es diferente de la que fue analizada.
El desarrollo de los hechos debe ser conciso, limitándose a lo conducente. Los datos irrelevantes, una vez más, distraen. Y evitar el lenguaje emocional y corrosivo, no es profesional.
Los párrafos deben ser cortos, y cada uno contener un episodio relevante de la historia que se narra.
Justificar los márgenes del escrito (las últimas letras de cada renglón deben estar en la misma fila vertical). No hacerlo es desprolijo y revela apuro o desinterés.
La verborragia no sirve. Los adjetivos sobre la inconducta o la incompetencia como progenitor/a de la contraparte fatigan la lectura, porque distraen lo que interesa al juez: Hechos. Como conclusión del relato del escrito, podemos adjetivar una sola vez.
No agotar la lectura con transcripción de fallos y doctrina ambiguos. Por ejemplo, la que refiere genéricamente al interés del niño, ya que lo mismo podría escribir la contraparte en su interpretación de qué medida es más beneficiosa para el hijo. Digo esto, porque muchos abogados tienen la pésima técnica de “combinar” el relato de los hechos, con citas jurisprudenciales o doctrinarias, para retomar luego la exposición de lo sucedido. Redactar así, es invitar a la distracción del juez.
La selección de algún fallo o doctrina de autoridad, debe ser justo la que se aplica al caso. Por ejemplo: tengo una ejecución de alimentos, y cito un fallo de medidas conminatorias. Pensemos además que a ningún abogado que litiga en el common law, sobre la base del precedente judicial, se le va a ocurrir fundamentar su petición en un caso “parecido”.
En la práctica forense de parte de EEUU, se emplea el “bold synopsis”, una especie de sumario de menos de una página, que resume las ideas principales del planteo. ¿Por qué? Los abogados piensan que el juez está ocupado para leer todo el escrito con el detenimiento que exige, o que dará más atención a lo que escuche en la audiencia. Mi sugerencia es una conclusión al final de la narración de los hechos, en no más de 10 renglones, que recapitule los hechos ya relatados y nuestra interpretación de esa realidad aportada al proceso.
Ampliaremos, quizás … Pero dejemos antes una regla de oro: Redactar escritos con planteos que no respetan el encuadre del Cuerpo o Equipo Técnico Interdisciplinario (acertado o no), es una pérdida de tiempo. Los invito a leer mi posteo del 2 de Septiembre (“… el fuero de familia, a veces, es brutal”). Dije allí que “Para confrontar con las conclusiones y sugerencias de los ETI, se necesita contar con los informes de los organismos de aplicación de medidas administrativas de protección de apoyo, especialmente quienes brindan orientación y seguimiento de la familia".
"Un buen informe de seguimiento de la familia, firmado por profesionales del Servicio de Protección de Derechos, puede tener más peso que el informe del ETI del fuero de familia, simplemente porque algunos jueces prestan atención al tiempo invertido en el grupo familiar".
"En síntesis, un informe fundado del Servicio de Protección de Derechos puede transformarse en el proyecto de sentencia, que refute o ponga en duda las conclusiones del ETI”.
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