lunes, 9 de abril de 2018

Antes de rematar la casa para que cobre el trabajador, hay que oír a quien la ocupa

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba entendió que aunque el poseedor tenga anotada la litis del pleito en la cual discute su derecho sobre el inmueble, ello no alcanza para protegerlo frente a la subasta del bien

En una causa laboral por despido, al sostener que la tercería de mejor derecho planteada por el supuesto poseedor de un inmueble desde hace más de veinte años, previo a ordenar la subasta de éste para resarcir el crédito del trabajador y debido a que el tercerista podría tener un derecho a completar su adquisición dominial, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, por mayoría, revocó la resolución que rechazó la tercería sin darle trámite y ordenó que éste se realice.
El presentante denunció falta de fundamentación en la decisión que desestimó ‘in limine’ la tercería de mejor derecho por él incoada, señalando que lo pretendido es mantener la posesión de buena fe de su parte, que tiene desde el año 1994, lo que excluye toda posibilidad de subastar el bien.

En ese marco, el Alto Cuerpo integrado por Luis Enrique Rubio -autor del voto-, Domingo Juan Sesin y Mercedes Blanc de Arabel, señaló que “revisadas las constancias de la causa surge que: el incidentista solicitó se le diera curso a la ‘Tercería de Mejor Derecho’ tendiente a acreditar la adquisición del bien por su parte, con anterioridad a que se trabara el embargo, relatando el periplo recorrido a esos fines desde el año 1994 y ofreció prueba”, agregando que “ frente a lo cual, el Tribunal sin correr traslado a la ejecutante ni al ejecutado, la desestimó ‘in limine’, sosteniendo que el supuesto de derecho preferente se encuentra protegido con la anotación de litis que surge del informe dominial y que dicha restricción no impide la realización del bien”.
La mayoría infirió que “los argumentos dados carecen de virtualidad para fundar el rechazo sin sustanciación que decretara el Juzgador”, precisando que “la ‘anotación de Litis’ que consta inscripta en la Matrícula, sólo resulta la existencia de una acción ordinaria iniciada por el tercerista contra la Asociación Mutual de Empleados Estatales ‘Felipe Vallese’ ingresada con fecha 21/05/08”, y que luego “la identidad de objeto a que refiere el Sentenciante recién se conocería con el diligenciamiento de los elementos de prueba propuestos por el incidentista cuya posibilidad le fue vedada”.

Asimismo, el fallo sostuvo que “el Tribunal deja de lado que, si bien en la tercería de ‘mejor derecho’ la pretensión no intenta obtener el levantamiento del embargo, sino decidir la preferencia en el pago, el planteo del subexamen, se inscribe en un tipo de tercerías cuya finalidad difiere tangiblemente de la del concepto tradicional”, agregando que “procura una herramienta procesal para el ejercicio de un derecho subjetivo que carece de entidad para inscribirse en la de dominio, pero que se emparenta más con el propósito de esta última”.
Así las cosas, se concluyó que “la prelación es sobre la cosa a subastar, en virtud de un título -en el caso, el acta de adjudicación por escritura pública- que no es útil para tener por constituido el dominio, pero tiende a acreditar la adquisición de aquél por parte de un tercero y con antelación a que se trabara la cautelar que se pretende levantar”, determinando que “lo pedido debe dirimirse con antelación a la subasta para impedir la venta, toda vez que el tercerista ostentaría un derecho a completar su adquisición dominial”.
En consecuencia, en el fallo se anularon las resoluciones del a quo y se ordenó “reenviar el pleito a la Sala de la Cámara de Trabajo interviniente, para que decida la cuestión incidental, previo a imprimir el trámite previsto”.

Autos:  “PÁEZ JORGE ALBERTO C/ QUEZADA EUGENIA RAQUEL – ORDINARIO – DESPIDO – TERCERÍA DE MEJOR DERECHO” RECURSO DE CASACIÓN – 3304555

Fuente: Comercio y Justicia.

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